LA MEDIACIÓN: UNA EFICAZ Y ECONOMICA SOLUCIÓN EN TIEMPOS CRISIS

No hace muchos días escribía sobre el colapso judicial que se avecina debido al “paron de la Administración de Justicia ocasionado con el Estado de Alarma”.

 

Como muchos colegas han apuntado recientemente, en España afortunadamente, no todas las disputas o contiendan han de resolverse vía judicial, dado que existen medios alternativos para resolver los conflictos, como la MEDIACION, medio que podemos utilizar previo a la judicialización del conflicto, o incluso, una vez éste ha sido judicializado.

Como dije también en el artículo antes referido, nuestra Administración de Justicia en este momento no está preparada para el numero de probables asuntos que le van a llegar, que algunos han llamado “tsunami” que inundará los Juzgados y Tribunales de asuntos imposible de resolver. La cantidad de escritos y demandas judiciales que se prevé y que ya en estos días se están produciendo va a producir irremediablemente un colapso judicial. Para ello el CGPJ está elaborando un “Plan de Choque en la Administración de Justicia” tendente a acordar trámites, ampliar el ámbito del juicio verbal, habilitar el mes de Agosto, etc, remedios que del todo punto serán insuficientes para evitar el problema que se avecina porque lamentablemente nuestra Administración de Justicia requiere un amplio sistema de programación, herramientas, recursos informáticos, inteligencia artificial etc para hacer posible esa modernización tan urgente y que tantos años llevamos pidiendo los profesionales del derecho y de la Administración de Justicia.

Por todo ello, todos esperamos que entre estas medidas de ese famoso Plan de Choque, se incluya el impulso de la mediación y la necesidad de intentar necesariamente previo a la presentación de una demanda judicial, la solución vía.

No cabe duda que este no es un asunto menor y que esta pandemia en la que nos encontramos requiere de medidas preventivas para evitar que se produzca otra pandemia, en este caso judicial, como la ha llamado recientemente D.Agustin Azparren uno de los grandes mediadores que tiene este país actualmente. Por tanto, la mediación como medio de resolución de conflictos es más que necesaria en estos momentos tal y como se viene utilizando en países de nuestro entorno de forma habitual.

 

¿Pero en qué consiste la mediación?

 

La mediación consiste en un proceso voluntario, flexible y participativo de resolución pacífica de conflictos mediante el cual dos partes enfrentadas recurren de forma voluntaria a una tercera personal que ha de ser imparcial, el mediador, para tratar de llegar a un acuerdo satisfactorio para ambas partes. El objeto es la búsqueda de soluciones que satisfagan las necesidades de ambas partes.

A la mediación la clasificamos como un Sistema Alternativo de Resolución de Conflictos. Es alternativo porque es extra-judicial, esto es, se tramita por canales diferentes a los convencionales para resolver disputas como han sido y son los Juzgados y Tribunales.

 

¿Qué voy a conseguir acudiendo a un mediador?

 

Cuando las partes acuden a un mediador deben tener claro que el objetivo de la mediación. El objetivo de la mediación no es conseguir un acuerdo, sino que son varios los objetivos que pretendemos conseguir entre los que se encuentran:

– El restablecimiento de una nueva relación entre las partes del conflicto.

– El aumento del respeto y la confianza entre ambas partes.

– Corregir o aclarar las percepciones, puntos de vista e informaciones falsas respecto al problema.

  • Crear un marco que facilite la comunicación entre las partes y que transformen el conflicto en una solución para ambos.

En definitiva, la mediación promueve la búsqueda de soluciones que satisfagan las necesidades de ambas partes. Para ello es vital la cualidad del mediador. El mediador ha de tener unas características muy especificas, por tanto, como en todo en la vida, cualquier personal no vale para ser mediador. Un mediador ha de ser una persona ante todo imparcial, objetivo, con gran capacidad de escuchar, tolerante, sensible y comprensivo con las partes, que tenga capacidad para no involucrarse en el problema a nivel personal con grandes dotes de comunicación y con gran experiencia para aportar soluciones.

 

¿Tengo seguridad a la hora de acudir a un mediador?

La mediación está perfectamente regulada y se basa en unos Principios muy firmes entre los que se encuentran: 1. La neutralidad del mediador de forma que el mediador debe ser totalmente imparcial y equitativo y no puede tomar parte por ninguno de ellos; 2. La confidencialidad, para asegurar que habrá una absoluta privacidad y garantía para las partes de todo lo que se diga en las sesiones no se podrá utilizar ante ningún Tribunal; La Voluntariedad, es importante que los participantes decidan voluntariamente acudir a este medio porque nadie puede ser obligado a llegar a acuerdos. Por tanto todos estos principios harán de la mediación un sistema seguro y garante para las partes.

 

 ¿Estamos preparados para utilizar este recurso?

 

En España la Mediación se encuentra regulada en distintas disposiciones. A nivel estatal encontramos la Ley 5/2012 de 6 de Julio de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles.

Por tanto, y afortunadamente, para el uso de la mediación no hay que llevar a cabo ninguna reforma legal, es más, la propia Ley antes referida prevé un sistema de mediación actualizado a los tiempos, en la medida que el artículo 24 de dicho texto legal, establece que la mediación se pueda llevar a cabo por medios electrónicos o cualquier medio de comunicación no presencial, como por ejemplo, videoconferencias, skype, mail, teléfono, whatspps, etc. Por tanto, incluso con el confinamiento se puede los mediadores podemos trabajar, llegar a acuerdos y evitar la judicialización de numerosos conflictos desde nuestra casa.

Como es sabido el estar en confinamiento no va a impedir que las disputas se resuelvan solas o se vean reducidas, muy al contrario, el confinamiento puede dar lugar a una situación de estrés social que lleve a aflorar conflictos familiares de distinto índole, como conflictos matrimoniales, familiares, problemas de custodias, disputas de herencias entre herederos, problemas vecinales, conflictos por contratos de arrendamientos, reclamaciones de consumo, bancarias, comercio online, etc todas ellas posibles de resolver mediante la mediación. El uso de la mediación para la resolución de toda esta clase de conflictos va a mejorar el estrés entre las partes, va a ahorrar dinero al ser un medio de resolución de conflictos más económico y sobre todo va a ahorrar tiempo y descongestionar los Tribunales y Juzgados españoles.

Por todo ello y desde aquí animo a los ciudadanos con problemas de todo índole que piensen en su salud, se desprendan de sus angustias y ansiedades y dejen en manos de profesionales de la mediación las disputas o conflictos que no pueden resolver por sí solos sin tener que llegar a judicializar con la erosión que un procedimiento judicial va a suponer inevitablemente entre las relaciones entre personas, gastos emocional inútil y coste económico que en tiempos de crisis hay que evitar a toda costa.

En Abogados MAR Consultores podemos ayudarte en la mediación de cualquier asunto. Llamamos y pide información sin coste alguno. QuedateEnCasa.

 

Maria José Arroyo – Abogada – Abril 2020

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